Derechos Humanos

Los Derechos Humanos son el conjunto de
prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya
realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo
integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente
organizada. Estos derechos, establecidos en la Constitución y en
las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado.
Todos estamos obligados a respetar los Derechos Humanos de las demás
personas. Sin embargo, según el mandato constitucional, quienes
tienen mayor responsabilidad en este sentido son las autoridades
gubernamentales, es decir, los hombres y mujeres que ejercen la
función de servidores públicos.
La tarea de proteger los Derechos Humanos representa para el Estado
la exigencia de proveer y mantener las condiciones necesarias para
que, dentro de una situación de justicia, paz y libertad, las
personas puedan gozar realmente de todos sus derechos. El bienestar
común supone que el poder público debe hacer todo lo necesario
para que, de manera paulatina, sean superadas la desigualdad, la
pobreza y la discriminación.
La defensa o la protección de los Derechos Humanos tiene la función
de:
-
Contribuir al
desarrollo integral de la persona.
-
Delimitar, para todas
las personas, una esfera de autonomía dentro de la cual puedan
actuar libremente, protegidas contra los abusos de autoridades,
servidores públicos y de particulares.
-
Establecer límites a
las actuaciones de todos los servidores públicos, sin importar
su nivel jerárquico o institución gubernamental, sea Federal,
Estatal o Municipal, siempre con el fin de prevenir los abusos
de poder, negligencia o simple desconocimiento de la función.
-
Crear canales y
mecanismos de participación que faciliten a todas las personas
tomar parte activa en el manejo de los asuntos públicos y en la
adopción de las decisiones comunitarias.
Características de los Derechos Humanos
-
Son universales porque pertenecen a todas las
personas, sin importar su sexo, edad, posición social, partido
político, creencia religiosa, origen familiar o condición económica.
-
Son incondicionales porque únicamente están
supeditados a los lineamientos y procedimientos que determinan
los límites de los propios derechos, es decir, hasta donde
comienzan los derechos de los demás o los justos intereses de
la comunidad.
-
Son inalienables porque no pueden perderse ni
transferirse por propia voluntad; son inherentes a la idea de
dignidad del hombre.
Clasificación de los Derechos Humanos
Los Derechos Humanos han sido clasificados de diversas maneras, de
acuerdo con su naturaleza, origen, contenido y por la materia que
refiere.
La denominada Tres Generaciones es de carácter histórico y
considera cronológicamente su aparición o reconocimiento por parte
del orden jurídico normativo de cada país.
Primera generación
Se refiere a los derechos civiles y políticos, también denominados
"libertades clásicas". Fueron los primeros que exigió y
formuló el pueblo en la Asamblea Nacional durante la Revolución
francesa. Este primer grupo lo constituyen los reclamos que
motivaron los principales movimientos revolucionarios en diversas
partes del mundo a finales del siglo XVIII.
Como resultado de esas luchas, esas exigencias fueron consagradas
como auténticos derechos y difundidos internacionalmente, entre los
cuales figuran:
-
Toda persona tiene
derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza,
color, idioma, posición social o económica.
-
Todo individuo tiene
derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica.
-
Los hombres y las
mujeres poseen iguales derechos.
-
Nadie estará sometido
a esclavitud o servidumbre.
-
Nadie será sometido a
torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes,
ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral.
-
Nadie puede ser
molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar,
domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o
reputación.
-
Toda persona tiene
derecho a circular libremente y a elegir su residencia.
-
Toda persona tiene
derecho a una nacionalidad.
-
En caso de persecución
política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a
disfrutar de él, en cualquier país.
-
Los hombres y las
mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el número de hijos
que desean.
-
Todo individuo tiene
derecho a la libertad de pensamiento y de religión.
-
Todo individuo tiene
derecho a la libertad de opinión y expresión de ideas.
-
Toda persona tiene
derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica.
Segunda generación
La constituyen los derechos económicos, sociales y culturales,
debido a los cuales, el Estado de Derecho pasa a una etapa superior,
es decir, a un Estado Social de Derecho.
De ahí el surgimiento del constitucionalismo social que enfrenta la
exigencia de que los derechos sociales y económicos, descritos en
las normas constitucionales, sean realmente accesibles y
disfrutables. Se demanda un Estado de Bienestar que implemente
acciones, programas y estrategias, a fin de lograr que las personas
los gocen de manera efectiva, y son:
-
Toda persona tiene
derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de
los derechos económicos, sociales y culturales.
-
Toda persona tiene
derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias.
-
Toda persona tiene
derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses.
-
Toda persona tiene
derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su
familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica
y los servicios sociales necesarios.
-
Toda persona tiene
derecho a la salud física y mental.
-
Durante la maternidad y
la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia
especiales.
-
Toda persona tiene
derecho a la educación en sus diversas modalidades.
-
La educación primaria
y secundaria es obligatoria y gratuita.
Tercera generación
Este grupo fue promovido a partir de la década de los setenta para
incentivar el progreso social y elevar el nivel de vida de todos los
pueblos, en un marco de respeto y colaboración mutua entre las
distintas naciones de la comunidad internacional. Entre otros,
destacan los relacionados con:
-
La autodeterminación.
-
La independencia económica
y política.
-
La identidad nacional y
cultural.
-
La paz.
-
La coexistencia pacífica.
-
El entendimiento y
confianza.
-
La cooperación
internacional y regional.
-
La justicia
internacional.
-
El uso de los avances
de las ciencias y la tecnología.
-
La solución de los
problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos.
Grupos Vulnerables
Son aquellos grupos o comunidades que, por circunstancias de
pobreza, origen étnico, estado de salud, edad, género o
discapacidad, se encuentran en una situación de mayor indefensión
para hacer frente a los problemas que plantea la vida y no cuentan
con los recursos necesarios para satisfacer sus necesidades básicas.
La vulnerabilidad coloca a quien la padece en una situación de
desventaja en el ejercicio pleno de sus derechos y libertades.
La vulnerabilidad fracciona y, por lo tanto, anula el conjunto de
garantías y libertades fundamentales, de tal forma que las
personas, grupos y comunidades en esta situación tienen derechos únicamente
a nivel formal, ya que en los hechos no se dan las condiciones
necesarias para su ejercicio.
Esta circunstancia viola los derechos de los miembros más débiles
de la sociedad y los margina, razón por la cual el Estado tiene la
responsabilidad de proteger a estas personas, quienes frecuentemente
desconocen cuáles son sus derechos, ignoran los medios para
hacerlos valer y carecen de los recursos necesarios para acudir ante
los sistemas de justicia.
Factores que influyen en la vulnerabilidad:
-
Falta de igualdad de
oportunidades.
-
Incapacidad para
satisfacer sus necesidades básicas.
-
Desnutrición.
-
Enfermedad.
-
Incapacidad de acceder
a los servicios públicos.
-
Marginación.
Fuente: CNDH México |