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El peritaje psicológico del testimonio
Ayudando o creando confusión

Traducción elaborada por: Fernando Díaz Colorado, del documento:
Expert psychological Testimony Assisting or Misleading the Trier of Fact?.
Escrito por: James R.P.Ogloff y Steven F.Cronshaw (2001).

Las consecuencias de las opiniones de los psicólogos, son percibidas de manera más acentuada cuando se dan en el contexto de un caso legal. Debido a esta realidad, las Cortes son justificadamente cautelosas, cuando deciden admitir la evidencia del testimonio psicológico, dentro de la realización de un juicio. Este comentario hecho para la sección especial de Psychologie Canadiense, por un experto en el testimonio psicológico, señala las condiciones bajo las cuales el psicólogo experto, debería juzgar la evidencia para poder ser admitida en los tribunales, partiendo del modelo de la jurisprudencia analítica-social, y de las directrices que sugieren los psicólogos, para determinar la conveniencia de su declaración testimonial.

Como si fuera un estudiante, uno de nosotros condujo un trabajo de investigación, en el área del testimonio del testigo. Él estuvo investigando si la hipnosis aumentaba de una manera correcta el recuerdo del testigo. Durante el desarrollo de la investigación, un amigo de la familia que era jurado y que posteriormente se desempeñaría como jefe de justicia de la Corte de Queen Bench en Alberta, mostró gran interés por su trabajo. Ogloff, aprovecho la oportunidad para informarle sobre los detalles de cómo se iba desarrollando su trabajo. Ogloff, se asombro de los hallazgos, que mostraban mucha pobreza en la ejecución del testigo presencial.

Con entusiasmo considerable, le participo de este asunto al juez. A su vez, el juez le pregunto sobre las reformas legales que en su opinión deberían emprenderse, basados en el desarrollo de estas investigaciones sobre el testigo ocular. Como no era conocedor de los asuntos legales Ogloff, comenzó a explicarle que los psicólogos podrían participar en los juicios, para informar a los jueces y a los jurados, sobre las limitaciones propias del recuerdo del testigo presencial. Por primera vez en su conversación, el entusiasmo de Ogloff se encontró con una fuerte resistencia. El juez le comentó que el trabajo de los jueces era determinar hasta que punto, lo que el testigo recordaba era o no exacto; esto era como lo anoto el juez, un asunto del sentido común. Esta anécdota es la que da origen al presente artículo, en la sección de la Canadian Psychology, sobre el testimonio del testigo experto.

Este artículo presenta una breve revisión de algunos de los asuntos relacionados con la admisibilidad de la opinión del psicólogo experto, como evidencia dentro de un juicio. Aunque comprendemos que hay casos donde las cortes han fallado de manera incorrecta, en el momento de admitir el testimonio psicológico como evidencia en un juicio, también observamos lo contrario; que en ocasiones, los psicólogos pueden exagerar algunas cosas o presentar las cosas de manera engañosa para la corte.

Partiendo del trabajo de la jurisprudencia analítica-social, se ofrecen unos parámetros generales tanto para los psicólogos como para las Cortes para ayudar a determinar cuando la evidencia del psicólogo experto ofrecida en el juicio, es suficientemente confiable y válida para asesorar a la Corte. Finalmente, presentamos una breve introducción en esta sección especial, sobre la evidencia del testigo experto.

La psicología y la ley muestran un interés común por el entendimiento de la conducta humana. (Ver: Ogloff, 1992. Ogloff, en prensa, Ogloff y Finkelman, 1999) En ocasiones, las cortes requieren de la evidencia de los psicólogos y de otros profesionales de la salud mental como los científicos sociales, para ayudarlas en la toma de decisiones. En el juicio, las Cortes pueden resolver los asuntos relacionados con la ley (Ej. Si se puede admitir una prueba, cuál es la interpretación de algunos aspectos de una norma legal) y aspectos relacionados con los hechos( Ej. Si ocurrió algún evento, si un acusado intentó cometer un hecho). Sin tener en cuenta, si hay o no jurados, el juicio es siempre un debate legal, como tal, son los jueces quienes tienen la potestad para resolver los asuntos legales. Por contraste, cuando hay un jurado, este es el que se esfuerza por analizar los hechos y por lo tanto, es el encargado de resolver los asuntos de los hechos. De la misma manera, cuando el juicio es llevado por un solo juez, es este el que resuelve tanto lo legal, como lo factual.

Sin tener en cuenta la existencia de jueces o jurados, hay asuntos que no pueden ser resueltos por las personas encargadas, sin la ayuda de los expertos. Es obvio, por ejemplo, que asuntos tales como sí un acusado sufre de un desorden mental, y debido a que los encargados de la investigación no son profesionales expertos de la salud mental, no pueden determinar si el acusado tiene un desorden mental. Para tomar tal determinación, requieren por lo tanto de asistencia por parte de un psicólogo o un psiquiatra. Mientras la ley reconozca los jueces y jurados requieran el aporte de los expertos en testimonio. Bajo algunas circunstancias, las Cortes son justificadamente cautelosas, cuando deciden admitir el testimonio de un psicólogo como evidencia en el juicio. Para el experto, la evidencia psicológica como ayuda en el juicio, puede ser de ayuda para la persona encargada de analizar los hechos. Por contraste, la evidencia del experticio psicológico del testimonio, puede no estar bien fundado o no ser necesaria para ayudar en el análisis de los hechos, produciendo en ocasiones confusión o engaño.

El testigo experto, generalmente cumple dos funciones (ver: Ogloff y Polvi, 1998). Inicialmente, puede proveer información que ayude a entender a la corte lo ocurrido. De igual manera, puede proporcionar su opinión. Esta es una diferencia fundamental, entre el testigo común y el testigo experto. Al dar su testimonio, el testigo considerado como experto por la Corte, ofrece opiniones, en orden a asistir a los encargados en la mejor comprensión y entendimiento de los asuntos tratados en el juicio.

Recordando lo señalado anteriormente, el testigo solamente es capaz de proporcionar evidencia directa, mediante el recuerdo de lo que él observó directamente de los hechos. A ellos no se les permite realizar inferencias, o verter sus opiniones sobre los hechos o sobre cualquier otro asunto que sea de su dominio o experticio. (Ej. Trabajadores sociales en casos relacionados con la seguridad y el cuidado paterno de los niños). El límite de la calificación del experto es a menudo supuesta por las cortes en los casos en que los profesionales tienen una función estatutaria. Por ejemplo: funcionarios y jóvenes trabajadores pueden ofrecer evidencia sobre los sindicados y sobre su situación, dentro de las áreas comprendidas al interior de los informes de la presentencia, así como los trabajadores sociales, pueden proporcionar evidencia sobre el bienestar de los niños.

Como lo muestran los documentos en esta sección, las cortes se han aferrado al problema de bajo qué circunstancias, el testimonio de un especialista debe ser admitido en el juicio. Recientemente la Corte Suprema del Canadá, ha señalado recomendaciones relacionadas con la admisibilidad de los expertos en testimonio (ver: Regina y Mohan, 1994). Sin entrar en detalles, Mohan exige que para ser admitida la evidencia del experto, ésta debe ser: a) Relevante para los tópicos relacionados con el caso; b) Que los jueces y jurados la necesiten para entender algún problema donde se requiera tomar una decisión. ; c) Ofrecida por una persona con entrenamiento, experiencia y experto calificado. Además, la corte juzgo que el experto no puede presentar evidencia en algunos casos ( Ej. El testimonio relacionado con la credibilidad o veracidad de un testigo, tradicionalmente no ha sido admitido). En la toma de decisiones las Cortes hacen un balance de los "costos" de llevar un testigo experto a testificar, versus su beneficio.

Tomando los criterios anteriores, se muestra que incluso cuando los psicólogos tienen algo que decir sobre un problema o un asunto en un juicio, por muchas razones la corte le puede impedir al psicólogo experto testificar. Por contraste, en muchos casos se les permite testificar. En nuestra experiencia, los psicólogos generalmente se incomodan cuando se enteran que un juez no les ha permitido testificar. Mientras estemos de acuerdo que tales decisiones son infundadas, queremos enfatizar que es probable que en muchos más casos los psicólogos que testifican van más allá de los limites de su experticia, o se complican en la naturaleza adversarial del sistema legal.

Sin el ánimo de dar más palo sobre este asunto, podemos presentar algunos ejemplos de las impropiedades de algunos de los testimonios que se han presentado por parte de los psicólogos. Ogloff (1995), revisó más de 450 casos en que el MMPI ó EL MMPI-2 fue utilizado en las cortes de los Estados Unidos. Si bien las cortes admiten con frecuencia información basada en el MMPI, en muchos casos fue claramente usado para los propósitos para los cuales no fue validado. Por ejemplo, los psicólogos han utilizado el MMPI para decir que el perfil obtenido indica que el acusado era o no criminalmente responsable o competente para serlo. Algunos han manifestado que el perfil obtenido por el MMPI, sugiere o no, que el acusado es un delincuente sexual, o que la víctima actualmente es victimizada. Aunque con menos frecuencia el MMPI, desafortunadamente ha sido utilizado para argumentar, que a una persona acusada de asesinato se le pueda aminorar la sentencia. De manera similar, algunos intentan ser admitidos como testigos expertos en testimonio, basados en el MMPI-2, para recomendar que un joven pueda ser llevada a la Corte de los adultos para ser juzgado.

No necesitamos ir más lejos del propio caso de Mohan (1994), para ver la más reciente impropiedad del testimonio del experto. En Mohan, un pediatra fue acusado de cuatro cargos de asalto sexual, en cuatro pacientes suyas con edades comprendidas entre los 13 y los 16 años, cuando ocurrieron los hechos. Durante el juicio, el abogado del acusado indicó que él deseaba llamar a un psiquiatra para que testificara a favor de su cliente. La naturaleza del testimonio del psiquiatra era, que el pediatra no se ajustaba al perfil de los individuos que usualmente cometían estos delitos, por los cuales estaba siendo procesado. (Ej. Psicópata sexual, desviado sexual, o enfermo mental). Por supuesto, que no hay investigación válida que muestre que los individuos que cometen delitos sexuales contra niños o adolescentes necesariamente reúnan este perfil.

Como lo muestran los ejemplos, nosotros mismos no sólo debemos saber de los casos donde las cortes fallan en admitir expertos en testimonio como evidencia, cuando esta ha sido adecuadamente admitida, y que se discute en tres documentos en esta sección especial, sino también los casos donde los psicólogos, profirieron un experticio testimonial, basados en información u opiniones que eran infundadas o abiertamente especulativas. Para ayudar con determinación, sobre las circunstancias bajo las que los psicólogos, pueden adecuadamente ofrecer su opinión como expertos para que pueda ser admitida en las Cortes, presentamos unas consideraciones desde el punto de vista del sistema jurisprudencial, analítica-social.

La conveniencia del especialista en el testimonio psicológico: Una aproximación desde la jurisprudencia analítica-social

En una serie de artículos el reconocido psicólogo forense, Richard Wiener y sus colegas, desarrollaron un modelo al que han denominado "jurisprudencia analítica –social". Su modelo incorpora investigación psicológica de carácter empírica con el análisis legal tradicional. Aunque el enfoque del trabajo de Wiener y sus colegas ha sido en acoso sexual, el modelo puede aplicarse fácilmente para la admisibilidad de la evidencia del especialista en el testimonio psicológico. El modelo se basa en tres presupuestos, relacionados con el rol del psicólogo en la asistencia con el desarrollo de políticas públicas. Primero, el modelo asume que el uso de la psicología como ciencia empírica puede ayudar en el estudio de problemas legales y proveer información útil a las cortes en la toma de decisiones. Segundo, los psicólogos forenses sólo podrán participar en el debate de los asuntos legales, cuando hagan uso de los resultados de la investigación psicológica. Finalmente, el modelo sostiene que el rol apropiado del psicólogo en los debates de la política pública, es como educador-especialista y no como defensor. Como lo plantea el modelo, necesitamos ser concientemente objetivos, tanto de nuestra ciencia como de nuestra práctica, cuando la información sea llevada a la corte.

Las legislaturas y las Cortes, están menos dispuestas a escuchar las apreciaciones de los científicos sociales que los hallazgos de los científicos empíricos. Solamente cuando los psicólogos puedan ofrecer validez empírica y hallazgos investigativos confiables, bloquearemos efectivamente la habilidad de las cortes para reducir sus argumentos en sus terrenos ideológicos y políticos ( referencia omitida).

La realidad es que los psicólogos no siempre estamos de acuerdo, en los planteamientos de nuestro conocimiento en las diferentes áreas del campo psicológico. Dudamos si somos más dados que otros en adoptar posiciones dogmáticas en nuestro trabajo. Pero el hecho es que hay muchas áreas de investigación y de la práctica psicológica donde tenemos significativas diferencias. Mientras es aceptable tener diferencias teóricas y desacuerdos sobre la interpretación de los datos, siendo dogmáticos violamos los principios fundamentales de la ciencia y no ayudamos mucho más allá de nuestro campo( Ogloff, en prensa).

Además de lo planteado en cuanto al dogmatismo, una crítica común de algunos de estos psicólogos quienes testifican como expertos testigos, es que sus opiniones pueden ser compradas. Hay una desmedida presión en los psicólogos que testifican frecuentemente, particularmente aquellos que ejercen la práctica privada, para acomodar sus opiniones hacia el lado del que contrata sus servicios. Por supuesto, que tales comportamientos no son éticos, esto es, que tales comportamientos no proporcionan un adecuado servicio a nuestra profesión y a nuestra credibilidad en las Cortes.

Fundamentados en la información anterior, podemos proporcionar unas pautas, tanto para los psicólogos como para las Cortes, encaminada a determinar la conveniencia de la evidencia psicológica del testigo experto en el juicio. Podemos enfatizar que las recomendaciones no van dirigidas a la admisibilidad del testigo experto, ya que tal decisión es de la esfera de los jueces. Estas pautas, son principios generales para ser tenidos en cuenta en el momento de decidir si la participación del psicólogo experto, ofrecida como evidencia dentro de un juicio, es suficientemente consistente y válida para asistir a las Cortes.

  • Las Cortes necesitan admitir la participación de la ciencia empírica, las áreas de la psicología, pueden proporcionar información a las Cortes, que es necesaria para ayudar al esclarecimiento de los hechos.

  • Los psicólogos soportan el peso de comprobar que la información que proporcionan a la Corte es válida y es además, lo mejor de su conocimiento.

  • Como ciencia empírica, la información dada por los psicólogos como expertos, será evaluada de acuerdo con los principios convencionales de la ciencia. En particular, podemos estar confiados en la información considerada segura y válida por los parámetros establecidos por la ciencia. En las áreas en las que aún no se ha establecido acuerdo, o en aquellas basadas en casos individuales, tales como el asesoramiento clínico; los métodos mediante los cuales se obtuvo la información, pueden ser evaluados, para facilitar la validez de los hallazgos.

  • Los psicólogos sólo podrán proveer información como expertos, en las áreas donde haya validez investigativa que soporte los fundamentos del cuerpo de conocimientos, sobre los cuales los psicólogos pueden apoyarse para proporcionar su evidencia.

  • Cuando el psicólogo experto proporciona una opinión al jurado, puede tomar seriamente su rol neutral, y puede de igual manera, abstenerse de tomar partido por una de las partes. En lugar de ello, puede presentar un punto de vista balanceado sobre el asunto, partiendo de su experiencia psicológica.

 

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