Menú

  Buscar

Google

  En:
WWW
LatinoSeguridad

  Importante
  Reportajes

Cuando la delincuencia vale más que la víctima:
México y sus derechos humanos

La delincuencia que actualmente se vive en nuestro país ha provocado que las personas se sientan presas del miedo y la inseguridad, sujetas a la voluntad del crimen organizado o de la delincuencia común. A lo anterior se añade la falta de credibilidad en las autoridades encargadas de proporcionar seguridad pública ya sea por la corrupción que existe en ciertas esferas de dichas corporaciones, por la violencia ejercida por parte de las autoridades o porque a pesar de haber intentado diferentes soluciones, el crecimiento desmesurado de la delincuencia no les permite ofrecer respuestas eficaces.

Esta situación ha propiciado que el ejercicio de los Derechos Humanos en México se haya deteriorado de manera alarmante, ya que este clima de inseguridad afecta el nivel de bienestar de los mexicanos y su calidad de vida, derechos que son inherentes a la naturaleza humana, sin los cuales no se puede vivir con la dignidad que corresponde a toda persona por igual y, que son necesarios para la existencia de los individuos y de la colectividad.

Los Derechos Humanos en nuestro país están consagrados en el primer capítulo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, también son reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, y en los tratados suscritos por el Presidente de la República Mexicana, aprobados por el Senado, en los términos que establece nuestra Constitución y otros instrumentos internacionales.

Estos derechos se aplican sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

Son Derechos Humanos:

  • La prohibición de la esclavitud y de la tortura, el derecho a la vida, la libertad y la seguridad.

  • Es un derecho dirigirse a las autoridades en forma respetuosa para formular peticiones y, desde luego, obtener respuesta.

  • Son derechos la propiedad individual y la colectiva.

  • Son derechos la libertad de pensamiento, conciencia y religión, así como la libertad de opinión y de expresión.

  • Son derechos la libertad de reunión y asociación pacífica.

  • Son derechos humanos la igualdad ante la ley y, cuando alguien es acusado de cometer un delito, ser considerado inocente, mientras no se compruebe su culpabilidad.

  • Es derecho de la víctima de un delito que se castigue al delincuente. 

La situación que enfrentan las víctimas de la delincuencia, y sus derechos, que la mayoría de las veces son desconocidos por ellos mismos y violados por los delincuentes, y más grave aún por las propias autoridades encargadas de la administración de justicia, nos motiva a explorar lo concerniente a esta situación.

La víctima del delito ha sido por mucho tiempo el "personaje olvidado" por el sistema jurídico penal e incluso por la Criminología. Actualmente en México el sistema jurídico presta una atención aI acusado muy superior a la prestada a la víctima: hay una enorme literatura sobre el rol del acusado, sus derechos, sus características, los efectos de la sentencia, etc, al tiempo que se llevan a cabo costosas intervenciones destinadas al alojamiento de los condenados a la cárcel. Mientras tanto, la víctima queda a menudo reducida a un mero papel testifical, y generalmente desamparada ante las consecuencias del daño causado. Es así como toda victimización produce una disminución del sentimiento de seguridad individual y colectiva, porque el delito afecta profundamente a la víctima, a su familia, a su comunidad social y cultural. Según Marchiori(1) la víctima del delito experimenta las siguientes consecuencias:

  • Sufre a causa de la acción delictiva.

  • El delito implica daño en su persona o en sus pertenencias.

  • El delincuente provoca con su violencia humillación social.

  • La víctima experimenta temor por su vida y la de su familia.

  • La víctima se siente vulnerable y esto provoca sentimientos de angustia, desconfianza, inseguridad individual y social.

El impacto y estrés que significa la agresión en la víctima son muy difíciles de establecer en su verdadera dimensión, el estrés delictivo puede conducir a conductas postdelictivas desencadenantes de nuevos comportamientos: temor a salir cotidianamente de su hogar, principalmente por las noches, imposibilidad de desempeñar sus actividades laborales, enfermedad física, trastornos psíquicos y problemas sociales. De acuerdo con la Segunda Encuesta Sobre Victimización y Percepción de la Seguridad Pública realizada por la Unidad de Análisis Sobre Violencia Social en el Estado de Morelos (2), el 23% de los encuestados dejó de realizar actividades que antes hacían por temor a ser víctimas de algún delito. Por otra parte la encuesta Nacional (EVPSPNU) (3) reportó que del total de personas que modificaron su conducta por miedo a ser víctima, el 27.7% dejó de llevar dinero en efectivo, un 26.1% dejó de salir de noche y el 26.9% dejó de usar joyas.

A nivel social la victimización ha propiciado reacciones de intolerancia ante el delito, manifestándose en los actos de linchamiento y la proclamación de acciones en contra del delito a cualquier costo. Incluso, la Encuesta de Morelos reveló que la gente en el Estado pide sentencias más largas para las personas que incurren en un delito, así por ejemplo en el caso de robo sin violencia la mayoría de los encuestados (un 77%) piden sentencia de cárcel, que van de 5 a 10 años. En el caso de robo con violencia la petición de sentencia aumenta de 10 a 20 años de prisión. En cuanto a los delitos más graves (homicidio, secuestro, violación) la gente en su mayoría pide cadena perpetua e incluso pena de muerte.

Esto se corrobora con los datos obtenidos en la Encuesta Nacional (EVPSPNU) pues los encuestados consideran que para el delito de robo con violencia el 57.3% otorgaría prisión en años y un 34.6% cadena perpetua; para el robo sin violencia un 88.9% piden solo prisión en años. Mientras que para el delito de secuestro se exige cadena perpetua con el 52.9% y también se contempla la pena de muerte con el 31.9%, y para violación el 46% opinan que este delito se debe castigar con la pena de muerte.

La sensación de inseguridad se acentúa debido a que la víctima no recibe atención, información y respuesta adecuada a su grave situación individual, familiar y social. La inseguridad también está vinculada a dos aspectos: desprotección institucional en la población (sentidas en la víctima en forma generalizada) e impunidad del delincuente (sentida por la víctima en el temor que el delincuente regrese).

En realidad existe un desconocimiento de la problemática de la víctima del dolor que experimenta ante el delincuente y ante la reacción social-institucional social, y poco se ha hecho hasta ahora por ellas.

Es común escuchar postulados -sobre todo de los organismos encargados de la protección y defensa de los derechos humanos- en pro de los derechos de los inculpados. No tan común resulta, por el contrario escuchar argumentos que claman por los derechos de las víctimas.

Es evidente que aún cuando la participación de la víctima en el proceso penal es por demás precaria, su presencia sin duda se traduce en una serie de derechos pero también de obligaciones. Sin embargo a consecuencia del atraso en las leyes, no se puede hablar específicamente de derechos especiales para las víctimas, sino de derechos procesales que garanticen la impartición de justicia.

De acuerdo al sistema jurídico penal mexicano la víctima tiene los siguientes derechos:

  1. El derecho a que se le imparta justicia. Este es el punto de inicio y de referencia respecto del cúmulo de derechos de los que debe gozar la víctima del delito como la reparación del daño y la sanción de su afectación.

  2. A iniciar el procedimiento. La víctima u ofendido por el delito tendrá la facultad de llevar la denuncia ante las autoridades encargadas de la impartición de justicia para que el proceso penal de inicio.

  3. Tendrá derecho a recibir asesoría jurídica. La victima tiene derecho a ser informado de sus derechos, así como las formas y mecanismos para que los mismos se hagan efectivos y, cuando lo solicite ser informado del desarrollo del procedimiento penal.

  4. Coadyuvar con el Ministerio Público. La víctima tiene el derecho a que se le reciban todos los datos y elementos de prueba que brinde en el ejercicio de su derecho.

  5. A que se le preste atención médica y psicológica de urgencia. Se establece que la asistencia para las víctimas será material, médica, psicológica y social, según sea necesario, y será proporcionada por conducto de los medios gubernamentales, voluntarios, comunitarios y autóctonos. Se informará a las víctimas de la disponibilidad de los servicios sanitarios y sociales y demás asistencia pertinente, y se facilitará su asistencia a ellos.

  6. Derecho a que se le repare el daño. En los casos en que sea procedente, el Ministerio estará obligado a solicitar la reparación del daño y el juzgador no podrá absorber al sentenciado de dicha reparación si ha emitido una sentencia condenatoria.

  7. Al terminar el proceso. Dependiendo de la legislación penal, la posibilidad de la víctima de otorgar el perdón o desistirse de la acción, será con la fórmula de la querella. Ello dependerá de que el delito de que se trate sea de querella, esto es no perseguirle oficiosamente.

  8. A no carearse con su presunto agresor. Derecho consagrado cuando la víctima u ofendido por el delito sea menor de edad y se trate de delitos de violación o secuestro.

  9. Podrá solicitar las medidas y providencias que prevea la ley para su seguridad y auxilio. Las autoridades tienen la obligación de acordar y atender favorablemente aquellas medidas solicitadas por la victima para su auxilio y protección.

  10. A que se le trate con compasión y respeto a su dignidad. La constitución proscribe cualquier tipo de discriminación, consagra la igualdad y sujeta cualquier acto de autoridad a los limites de la ley, Ia que por supuesto debe garantizar probidad, ética, respeto, eficiencia y eficacia en el actuar de los servidores públicos.

Como se observa, la inserción de la víctima en el derecho penal es escasa, incluso en la Republica Mexicana no todas las entidades federativas consagran derechos para las víctimas u ofendidos por el delito, aunado además a las fallas y deficiencias en la aplicación de la ley. De hecho la mayoría de las recomendaciones dirigidas al gobierno de México por organismos dedicados a la protección de los derechos humanos en materia de justicia, ocurren en el ámbito de la seguridad publica dentro de la procuración de justicia, viciando el derecho al debido proceso que incluye tanto las garantías procesales como e I derecho a la justicia. Comisión Mexicana de defensa y promoción de los Derechos Humanos (4).

La relación que guarda la víctima con las autoridades encargadas de la procuración de justicia en nuestro país, son de indiferencia y rechazo, pues existen una serie de violaciones al Derecho, la legalidad y seguridad jurídica. Los problemas más comunes en torno a la administración de justicia son: negligencia o dilación administrativa en el proceso jurisdiccional, por el que los plazos dentro de los procedimientos duren más tiempo que el permitido por la ley, sin dictar resolución que le ponga fin, la extorsión, la falsificación de documentos, la negativa a la reparación del daño por parte del Estado, la omisión de imposición de sanción legal, el tráfico de influencias, y la negativa al derecho de petición.

Estas situaciones han generado que las personas perciban el desempeño de las autoridades entre regular y malo, así lo demuestra la Encuesta Nacional (EVPSPNU), pues los encuestados califican el desempeño de las autoridades de su estado en general como malo con el 23.5% y regular con el 53.1%. Un dato de suma importancia es la forma en la que califican el desempeño de la policía judicial pues el 43.3% lo calificó como regular y el 22.8% como malo.

En cuanto al desempeño del Ministerio Público el 40.3% lo calificó como regular y el 20% como malo. Las percepciones hacia estas autoridades influyen en el grado de confianza que tienen los ciudadanos hacia la impartición de justicia, pues son con las que tienen contacto para reportar algún ilícito, de esta manera el 5.5% de los encuestados que sufrieron algún delito reportó el ilícito a la agencia del Ministerio Público y un 3.1 % a la policía preventiva o Municipal, mientras que el 67.7% del total de los victimizados no reportó el delito. Por otro lado en la Primera Encuesta Nacional Sobre Inseguridad (ENSI-1)(5), realizada en el año 2002 se encontró que la mayoría de las personas que reportaron el delito (33.9%), el 64.1% lo reportaron ante la agencia del Ministerio Publico, el 22.5% ante la Policía Preventiva Municipal y un 13.1 % ante la Policía Judicial.

La Encuesta sobre Victimización y Percepción de la Seguridad Pública para el Estado de Morelos reveló que existe poca confianza en que las autoridades logren reducir la inseguridad, así el 62% de los encuestados tuvieron poca o nula confianza en las autoridades; incluso el 55% de las personas que fueron víctimas de algún delito no denunció el hecho ante las autoridades correspondientes.

Así mismo sobresale la incapacidad de los órganos investigadores para resolver delitos del orden común, los cuales, en la mayoría de los casos, quedan en la impunidad debido a la incapacidad y corrupción que permean al interior de los ministerio públicos y policías judiciales, producto de inadecuadas políticas de selección y capacitación.

Todo lo anterior refleja la ineficiencia en la procuración de justicia, es por eso que la víctima se siente sola, marginada y humillada frente a las autoridades. Debe concurrir a lugares que desconoce, por ejemplo presentarse a la policía para hacer la denuncia, a veces debe dejar sus ropas y objetos, para estudios periciales (criminalísticos, someterse a revisiones médicas), así como asistir a clínicas en los casos de delitos sexuales o lesiones.

La víctima ignora sus derechos porque nadie le ha proporcionado información legal, ignora por lo tanto si puede acudir a un abogado, a un médico. Deberá declarar en varias ocasiones, en situaciones y lugares distintos, con personas diferentes que le preguntarán una y otra vez sobre las características del autor, sus vestimentas, su reacción ante la agresión, pero también le preguntaran sobre sus costumbres, amistades y familia.

La víctima después de la denuncia no sabrá si el autor se encuentra detenido en la cárcel y posteriormente si fue sentenciado o se encuentra en libertad. Conforme a los resultados de la Primera Encuesta Nacional Sobre Inseguridad (ENSI-1), en el 44.8 % de los casos en los que la victima reporto el delito no obtuvo nada como el resultado de la denuncia, solamente en el 11.4% de los casos se consignó aI delincuente y en el 23% no procedió la denuncia, estas cifras reflejan el alto grado de impunidad que vive nuestro país.

La víctima carece de toda información sobre la administración de justicia, proceso penal, mecanismos jurídicos, por eso la víctima y testigos se sienten confusos e intimidados al no estar informados sobre las actuaciones ni sobre lo que se espera de ellos.

La administración de justicia ha descuidado el punto esencial que es la cooperación de la víctima, su denuncia, su creencia en la justicia, elementos fundamentales para el esclarecimiento del delito, para el conocimiento y la sanción penal.

Las víctimas al atravesar por una serie de inconvenientes o problemas con las autoridades, pueden convertir su experiencia en algo desagradable e incluso en una segunda victimización.

Estas negativas experiencias ayudan a explicar las elevadas tasas de no denuncia del delito. Entre estas quejas e inconvenientes más comunes se encuentran las siguientes: a) problemas económicos, las víctimas que deciden denunciar y cooperar con la justicia sufren pérdidas económicas, debidas al costo de! transporte hasta el juzgado y a las pérdidas de ingresos por el tiempo perdido; b) problemas de tipo familiar, la queja más común al respecto hace referencia al cuidado de los hijos, que deben ser abandonados durante algún tiempo, lo que en ciertos casos plantea dificultades; c) problemas laborales, la inevitable pérdida de tiempo puede ser perjudicial porque no siempre es fácil para la víctima disponer de tiempo precisamente cuando lo desea el sistema; sin embargo su disposición jamás es tenida en cuenta. A la hora de fijar el día y la hora de una cita, el sistema jurídico penal acostumbra tener en mente otras prioridades (disponibilidad de espacio, los jueces, los fiscales, la defensa, etc.); d) inconvenientes diversos de tipo material, la mayoría de la víctimas se queja de un conjunto de molestias sufridas en su relación con le sistema, por ejemplo permanecer largos periodos de tiempo de espera innecesarios y que dicha espera deba hacerse a pie. También la falta de una sala de espera específica hace que la víctima deba aguardar en un pasillo y frecuentemente en la compañía del acusado o de sus familiares, cuya actitud hacia la víctima puede suponerse; e) trato recibido por la víctima en el juicio, las víctimas a menudo son atendidas con prisa, negligencia y en ocasiones son tratadas como delincuentes.

Estas situaciones se confirman con los datos que se obtuvieron en la Encuesta Nacional (EVPSPNU), pues el 67.7% de las personas victimizadas no denunciaron el delito ante las autoridades, principalmente por la pérdida de tiempo con el 23.6%, por la desconfianza hacia las autoridades con el 20.4%, por no tener pruebas con el 19.8% y por considerar que el delito es de poca importancia con el 18.5%. Datos mas recientes arrojados por la (ENSI-1) Primera Encuesta Nacional Sobre Inseguridad, muestra que el 65.5% de las victimas a nivel nacional no denunciaron el delito, lo que demuestra que la cifra negra de la delincuencia ha aumentado alarmantemente. De este porcentaje el 40.2% no denunció por pérdida de tiempo, el 19.7% por desconfianza en Ias autoridades y eI 11% por trámites largos y difíciles. Por otro lado la Encuesta sobre Victimización y Percepción de la Seguridad Pública para el estado de Morelos, reveló que la principal causa de la no denuncia fue la pérdida de tiempo en los trámites y la falta de pruebas.

Datos Obtenidos de la ENSI-1, revelan que en el Estado de Morelos el 71.8% no denunció el delito, las tres principales razones son la pérdida de tiempo con el 39.4% , la desconfianza y por miedo al agresor con el 15.5% respectivamente.

En suma el conjunto de inconvenientes, problemas y experiencias negativas parecen reflejar la falta de un rol importante y reconocido por los profesionales del sistema para la víctima a lo largo de su paso por las instancias del sistema jurídico penal. Las víctimas son conscientes de que su papel es importante, tanto para la policía como para el juzgado, pero estos no parece que piensen así y en consecuencia no se preocupan de satisfacer sus necesidades de información, trato con dignidad y respeto, evitando las molestias innecesarias que de esto pueda generar.


Conclusiones

La creciente irritación social debido a la permanencia, si no es que el incremento, de la inseguridad y la violencia criminal, en últimas fechas se ha expresado en la tendencia a hacer justicia por propia mano y a realizar actos de linchamiento, que de continuar aumentando conducirían a la descomposición social y a un tobogán de violaciones a los derechos humanos.

Es necesario que la sociedad reexamine el estatus actual de la víctima en el sistema legal. Así las instituciones que se encargan de la procuración de justicia deben encarar eficazmente a aquellos que quebrantan la ley así como a los ciudadanos que la obedecen, no solo con respeto absoluto de los derechos humanos de los presuntos inculpados, sino fundamentalmente protegiendo y respetando los intereses legítimos y derechos humanos de las víctimas del delito y de sus familiares, desafortunadamente desatendidos hasta la fecha.

Respecto al argumento equivocado, que suele sobreponer los derechos de los infractores a los derechos de las víctimas de delitos, se debe igualar la existencia, la aplicación y el respeto hacia ambos. Si en México existe la percepción de que los derechos humanos solo benefician a los delincuentes, es porque el gobierno no ha hecho lo suficiente para castigar a los delincuentes dentro del marco legal y las organizaciones de derechos humanos se han encargado de darle menos atención a la protección de los derechos, que son, esencialmente el respeto a la vida y la integridad física, la libertad individual, y el derecho a poseer propiedad privada.

Por otra parte en la política de prevención del delito cada vez se hace necesaria la utilización de técnicas victimológicas que permitan conocer las tendencias delictivas para focalizar la problemática e implementar políticas que no sean ajenas a la realidad. Las encuestas victimológicas son una buena herramienta para cumplir con este objetivo ya que ofrecen una aproximación clara de la cifra negra y un mayor acercamiento a la cifra real de la criminalidad y conocer los motivos por los que no se denuncian los delitos.

De esta forma es importante la inclusión de la participación ciudadana en la promoción, denuncia y protección de los derechos humanos y en las políticas de procuración de justicia, para el fortalecimiento de la seguridad ciudadana pues el trabajo conjunto hará posible una sociedad sin violencia.


(1) Marchiori, H. 1998. Criminología (La víctima del delito). México. Porrúa. pag. 3.

(2) La Encuesta sobre Victimización y Percepción de la Seguridad Pública para el Estado de Morelos; se levantó del 3 al 7 de octubre de 2001 elaborada por el Programa Interinstitucional sobre Violencia Social en México (PIIVIOS-UNAM) y el Centro de Investigaciones Interdisciplinarias del Estado de Morelos (CRIM- UNAM). Con un nivel de confianza del 95% y con un margen de error del +/-3%. Representatividad estatal y municipal con 1,189 cuestionarios. Recoge información referente al periodo comprendido entre octubre de 1999 y octubre del 2000.

(3) La Encuesta de Victimización y Percepción de la Seguridad Pública Nacional Urbana (EVPSPNU) se levantó en los meses de Septiembre y Octubre del 2000 por la empresa ACNielsen. Fue elaborada por la Unidad de Análisis sobre Violencia Social del Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM y México Unido contra la Delincuencia. Recoge información referente al periodo comprendido entre Agosto de 1999 y Agosto del 2000. Con 3653 entrevistas/hogares.

(4) En http://www.derechoshumanos.laneta.org

(5) Realizada por el Instituto Ciudadano de Estudios Sobre la Inseguridad A.C del 2 al 24 de marzo del 2002, con un nivel de confianza del 95% y un margen de error del +/- 1 %, representatividad nacional y estatal con 35,001 cuestionarios. Recoge información referente al período comprendido de enero a diciembre del 2001.

Referencias

Ballinas. V" Venegas. J. M. Rindió en los pinos su segundo informe de labores. La impunidad estimula la delincuencia, afirma José Luis Soberanes. Febrero del 2002. www.jomada.unam.mx

Marchiori, H. 1998. Criminología (La víctima del delito). México. Porrúa.

Sangrador, J. 1986. La Victimología y el sistema de justicia penal en Burillo. F.J, Clemente. M. Psicología Social y Sistema Penal. Madrid. Alianza.

Comisión Mexicana de Defensa y promoción de los Derechos Humanos.
http://www .derechoshumanos.laneta.org

Zamora, G. J. 2002. La víctima en el sistema penal mexicano. México. INACIPE.

Por René Alejandro Jiménez Ornelas*
Colaboradores:
Alicia Ordóñez Vázquez
Luis Eber González Valero
Lucia Mirell Moreno Alva
Miriam Arroyo Belmonte
Mariana Becerra Sánchez
Fuente: ICESI

(*) Ponencia presentada en la Mesa de Trabajo "Seguridad Pública y Derechos Humanos", organizada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y efectuada en el Centro Nacional de Derechos Humanos (CENADEH), el día 19 de febrero de 2003.

 

Webmaster: 

webmaster@latinoseguridad.com

Ventas: 

joseluis@latinoseguridad.com

Sugerencias 

joseluis@latinoseguridad.com

Grupo Corporativo Diamante | Copyright © 2000 - 2003 | Todos los derechos reservados