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Sobre la relatividad de la idea del delito
Relaciones entre la Antropología y la Criminología |
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Por: Marcelo Jorge Basaldúa
Lic. en Antropología
monografías.com
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Introducción
La criminología es una disciplina que posee sus raíces en las
concepciones científico-filosóficas del Iluminismo. Fue Cesare
Beccaria el pionero que formuló los principios de la denominada
Criminología Clásica, cuyos supuestos se basaban en las teorías
del control social de Hobbes, Montesquieu y Rousseau.

Cesare Beccaria
La base de la teoría clásica de la criminología
estaba apoyada sobre la teoría del contrato social, que sostenía
que los hombres se reunían libremente en sociedad conforme a una
serie de acuerdos que garantizaban el orden y la convivencia. Es en
relación a este consenso, que se proponía el castigo de aquellas
conductas que eran perjudiciales o peligrosas para el cuerpo social,
y la recompensa de aquellas que de alguna manera contribuían al
mantenimiento del equilibrio del mismo. De esta forma, se establecía
una tipología de aquellas conductas consideradas como desviaciones
que posibilitaban clasificar a un individuo como delincuente. En
base a esto, las penas que la ley imponía aseguraban el buen
funcionamiento y la supervivencia de la sociedad, y "toda pena
que exceda ese consenso o que tenga fines distintos es ilegítima y
contraviene el contrato social" (Taylor, Walton, Young. 1990).
Esta criminología clásica -que también podríamos denominar
criminología jurídica- se sustentaba básicamente en el derecho,
sobre todo aquel de tradición indoeuropea que, según Antonio
Beristarain, está basado "en un derecho que controla con
rigidez y rectitud la vida del pueblo, y que admite o necesita el
Estado como centro de las relaciones comunitarias" (1978).
Dado que cada disciplina surge en el marco de un entorno socio-histórico
específico que de alguna manera caracteriza los supuestos explícitos
e implícitos que le dan sustento, es menester agregar que, para
estos tiempos en que surge la criminología, como asevera Foucault,
comienza a

Foucault |
desarrollarse un discurso que por primera vez
"articula una concepción binaria de la sociedad: hay siempre
dos grupos, dos categorías de individuos..." . Esta estructura
binaria que atraviesa la sociedad, instituye un esquema de explicación
marcado por la asimetría, en donde hay "una raza puesta como
la verdadera y única (la que detenta el poder y es titular de la
norma) y los que constituyen otros tantos peligros para el
patrimonio biológico. En ese momento aparecerán todos los
discursos biológicos-racistas sobre la degeneración y todas las
instituciones que, dentro del cuerpo social, harán funcionar el
discurso de la lucha de razas como principio de segregación, de
eliminación y de normalización de la sociedad" (Foucault,
pag. 56. 1996).
Es justamente a partir de este mismo discurso, que se va a
desarrollar la idea de desviación con la que se caracteriza a la
conducta del delincuente. El desviado es un ser inferior que
presenta una patología, esta debe ser "sanada" a partir
de los procesos de normalización vinculados específicamente al
encierro institucional.
Si bien, a lo largo del desarrollo de la disciplina criminológica
se han sucedido una serie de cambios de paradigma en lo que respecta
a la concepción del "hombre delincuente", actualmente se
siguen sintiendo en nuestras instituciones y prácticas
institucionales los efectos de este discurso: el delito es una
enfermedad portada por determinados individuos que tuvieron una
"mala socialización" y que deben ser excluidos y
encerrados para "resocializarlos" e integrarlos como
miembros sanos de la sociedad.
El Positivismo
La criminología, como dijimos anteriormente, ha sufrido desde sus
inicios una serie de cambios de paradigma vinculados a la concepción
que se tenía en cada momento histórico sobre el "delito"
y la "conducta delincuente". Básicamente nos interesa
recortar, para los fines del presente trabajo, esta sucesión y
superposición paradigmática en tres etapas: la Criminología Clásica,
el Revisionismo Neoclásico y la Revolución Positivista (Taylor,
I.; Walton, P.; Young, J. cap 1).
De las tres, sólo nos detendremos con especial detalle en la visión
positivista. Respecto de la primera, ya mencionamos algunas características
en la introducción de este trabajo. En cuanto a la segunda,
sustenta la revisión de algunas de las concepciones clásicas (como
por ejemplo la aplicación de medidas penales universales sin tomar
en consideración las diferencias individuales entre los
delincuentes) y la incorporación al ámbito de la criminología de
especialistas de otras disciplinas ajenas al derecho penal como el
psiquiatra y posteriormente el trabajador social.
En cuanto a lo que concierne al paradigma positivista -el cual
actualmente sigue teniendo amplia vigencia en algunos contextos-,
este se fundamenta en la aplicación a los fenómenos sociales, en
general, y al comportamiento humano, en particular, de los
instrumentos y técnicas que se estipulan como fundamentales y
eficaces para el estudio del mundo físico. Es así que, los
positivistas, impulsan y avalan técnicas para la cuantificación
del comportamiento, a partir de las cuales pueden aproximarse a la
realidad objetiva (idea de neutralidad del observador) y descubrir
las leyes subyacentes de la acción humana que, para el caso
particular de la criminología, podían ser descubiertas a partir
del análisis de las estadísticas y la posterior generalización de
los resultados (lo cuantitativo es más importante y de carácter
definitorio respecto de lo cualitativo).
Es importante destacar que, como aseveran Taylor, Walton y Young,
existen distintas modalidades o formas del positivismo. Para este
trabajo, nos interesa referirnos al "positivismo biológico",
ya que las premisas de éste, establecieron un modo de ver y
concebir el tema de la conducta delincuente, sobre todo a partir del
concepto de "desviación", el cual, como vimos en la
introducción de este trabajo, estuvo siempre presente (en mayor o
menor medida) desde los orígenes de la criminología.
La Antropología y el Positivismo Biológico de Lombroso
La Teoría de la Evolución sustentada por Darwin, dio pié para el
desarrollo del paradigma evolucionista (tanto en su manifestación
biológica como social), bajo el cual se desarrollaron disciplinas
tales como la antropología y la criminología.
La antropología -al igual que la criminología- tiene sus raíces
en la filosofía del Iluminismo, cuando gran parte del mundo ya había
sido explorado y se habían tenido contacto con otros pueblos de
características totalmente diferentes al mundo europeo del momento.
Como asevera Paul Mercier: "en esta época aparecen ya diversas
orientaciones del pensamiento, que prefiguran los ulteriores debates
antropológicos. Pueden distinguirse dos grandes corrientes: la que
insiste en el relativismo social y cultural y la que, deseosa de
establecer las normas de la sociedad ideal, se refiere al
‘salvaje’ en una interpretación de la evolución humana".
Es a partir de este período que, lentamente, esta disciplina
comienza a deslizarse desde lo filosófico a lo científico,
culminando este proceso con la formación de una antropología científica
a mediados del siglo XIX, "cuando un clima general de
pensamiento e investigación preparó la revolución
darwiniana" (Mercier, Paul. 1969).
La primer escuela de esta etapa científica de la antropología es
el evolucionismo, tanto en su forma biológica como social. El
concepto unificador de la misma es la idea de evolución; idea que
estará presente en muchos ámbitos a partir de 1830.
Es en este marco que Cesare Lombroso, considerado como el fundador
del positivismo biológico, desarrolla desde un poco antes de 1876
su teoría del hombre criminal. Lombroso, quien pertenecía a la
llamada escuela de antropología criminal, establece el concepto de
criminal atávico, según el cual el delincuente representaba una
regresión a estados evolutivos anteriores, caracterizándose la
conducta delincuente por ser innata. Este criminal atávico podía
ser reconocido debido a una serie de estigmas físicos o anomalías,
como por ejemplo, el excesivo desarrollo del cerebelo, asimetría
del rostro, dentición anormal, y lo que se considera como la
característica más atávica en los criminales, a saber, el hovuelo
en medio del occipital.

Cesare Lombroso
En base a sus estudios sobre las características físicas del
hombre criminal, Lombroso desarrolla la tesis que explicita que éste
presenta -en cuanto a su conformación morfológica- ciertas
similitudes con el hombre salvaje, como por ejemplo senos frontales
muy pronunciados, mandíbulas voluminosas, órbitas grandes, etc. En
esta tesis se considera al criminal como una subespecie anormal del
género humano. Asimismo, esta subespecie estaría compuesta por una
serie de tipos criminales, como los asesinos, los ladrones, las
prostitutas, etc.; todos con características morfológicas comunes
pero también propias que los diferencian del resto.
Con anterioridad, y en relación a las distintas fases por las que
atravesara la criminología, hicimos referencia al cambio sufrido
por la misma desde una concepción unidisciplinar (basada en el
derecho) hacia una concepción que integraba perspectivas de carácter
social en lo que respecta a la interpretación del delito. Pero, con
el advenimiento de la teoría de Lombroso, se inicia una etapa que
corre paralela a la anterior -aunque de mucha más importancia-, en
donde se deja de lado el problema de las interpretaciones del delito
con base en lo social para pasar a considarar los aspectos
individuales de la conducta criminal.
Como aseveran Taylor, Walton y Young, citando a Lindesmith y Levin:
"lo que Lombroso hizo fue invertir el método de explicación
habitual desde la época de Guerry y Quetelet, y, en lugar de
sostener que las instituciones y las tradiciones determinaban la
naturaleza del criminal, sostuvo que la naturaleza del criminal
determinaba el carácter de las instituciones y las
tradiciones" (pag. 56).
Dado que las explicaciones biológicas de la conducta pasaban por un
momento de gran auge, las interpretaciones basadas en lo social
pasaron a tener un segundo plano respecto de aquellas de índole genética.
Esta importancia de las teorías genéticas de Lombroso se debe al
gran impacto que estaba ocasionando el desarrollo de la teoría de
la evolución de Darwin, hecho que lleva su paulatino deslizamiento
hacia las explicaciones en el campo de las ciencias sociales.
Particularmente en el contexto de la criminología, la influencia de
Lombroso, ya en el siglo XX, hace que se desplace la importancia de
los científicos sociales en el estudio del delito en favor de la
participación del médico y del psiquiatra.
Intentos por superar en Innatismo
A lo largo de la historia del desarrollo de las ciencias de la
conducta, el comportamiento humano se ha intentado explicar a partir
de su comparación con el comportamiento de los animales; sobre
todo, de aquellos que en la escala filogenética están más próximos
al Hombre y que comparten un Orden Biológico con éste: los
Primates. Es en este marco que se expresan dos posiciones
contrapuestas en lo que respecta al comportamiento y que involucran
la consideración, en éste, de factores innatos o de factores
adquiridos. La disputa entre ambas tiene ya muy larga data.
En un primer momento, las explicaciones de la conducta a partir de
los factores innatos adquirieron gran importancia, sobre todo, como
mencionamos anteriormente, a partir del desarrollo de la Teoría de
la Evolución por Charles Darwin y su aplicación al campo del mundo
social humano en forma de lo que se llamó Darwinismo Social; el
cual cobra existencia a partir de mediados del Siglo XIX y
principios del Siglo XX (aunque sus efectos se siguen sintiendo en
la actualidad). La aplicación de las ideas positivistas al campo de
la conducta, motivó la búsqueda de leyes generales a las cuales
estaba sometido el comportamiento humano. Como consecuencia de esto,
se establecía la existencia de un determinismo del mismo.

Charles Darwin
De esta manera, se explicaron "nuestro salvajismo, el
comportamiento pecaminoso de los hijos, la delincuencia juvenil, el
rapto, el asesinato, el robo y la guerra, por no mencionar todas las
formas de violencia. Todo esto se debe a la agresividad innata del
hombre" (Montagu, pag. 194).
El positivismo biológico ejerció una gran influencia en la
criminología, como se desprende de lo dicho por Vera Regina Pereira
de Andrade sobre esta disciplina en el marco de dicho paradigma:
"teniendo por objeto la criminalidad concebida como un fenómeno
natural, causalmente determinado, asume la tarea de explicar sus
causas siguiendo el método científico o experimental y el auxilio
de las estadísticas criminales oficiales y de prever los remedios
para combatirla. Ella indaga, fundamentalemente, lo que el hombre
(criminal) hace y por qué lo hace".

Ashley Montagu |
El antropólogo Ashley Montagu, desarrolla en un pequeño ensayo una
crítica al punto de vista innatista, mantenido principalmente por
Konrad Lorenz y Robert Ardrey, entre otros. Según la misma, esta
posición de la "agresión innata" constituye un
leit-motiv que se dirige no a la explicación de ese comportamiento
agresivo, sino, principalmente, a sugerir el ejercicio de algún
dispositivo de control sobre el ser humano; y agrega, "los
puntos de vista de Lorenz y de Ardrey padecen precisamente del mismo
defecto, a saber, la atribución de cualidades de otros animales al
hombre" (Montagu, pag. 195). Arguye además, en este sentido,
la influencia que pueden tener los prejuicios del hombre en la
concepción del mundo y de las problemáticas surgidas en él".
Específicamente se refiere a la argumentación que da Ardrey
respecto de algunas experiencias de violencia que tuvo durante el
transcurso de su vida y que lo llevaron a convencerse de la
"naturaleza asesina del hombre".
Cuando se refiere a Lorenz y a sus errores de apreciación, cita un
párrafo de su libro "Sobre la Agresión...":
"innegablemente, deben existir factores muy fuertes capaces de
superar la voluntad de la razón individual de manera tan completa
que es obvio que son impenetrables de ser experimentados... Todas
esas asombrosas paradojas, sin embargo, encuentran una explicación
espontánea, que se coloca de por sí como la pieza de un
rompecabezas, si se presume que el comportamiento humano, lejos de
ser determinado sólo por la razón y la tradición cultural, es
todavía objeto de todas las leyes prevalecientes en todo
comportamiento instintivo adaptado filogenéticamente. De esas leyes
poseemos un buen conocimiento por el estudio de los instintos en los
animales" (Montagu, pag. 197).
Estas referencias hechas por Montagu, indican la fuerte presencia de
las concepciones positivistas en las ideas que se tenían sobre la
conducta delincuente a finales del siglo pasado y a principios de
este.
Criminología, Antropología y la relatividad de la idea del delito
Antes hemos dicho que, bajo la concepción del positivismo biológico,
el criminal era considerado en términos absolutos como un ser
anormal, una desviación con base biológica que representaba una
regresión a estados primitivos del ser humano y que podía
catalogarse como una patología. Esta concepción responde a la
reproducción de un fuerte paradigma cuyos efectos aún hoy siguen
teniendo vigencia en ciertos campos de nuestra cultura occidental
contemporánea. Los componentes de este paradigma se articulaban en
la secuencia bio-psico-social; en donde el primer componente era el
más importante, y el último -lo social- muy pocas veces se tenía
en cuenta.
Pero ocurre que, con el correr del tiempo, el surgimiento de nuevas
concepciones teóricas y la relación de distintas disciplinas entre
sí, se comenzó a prefigurar -sobre todo en la temática del
delito- una concepción de carácter relativista basada ya más en
lo social que en lo biológico.
Tanto la antropología como la criminología, se han desarrollado a
partir del estudio de los "otros". En el primero de los
casos, el "otro" cultural; en el segundo, el
"otro" como individuos o grupos de "desviados".
En lo que respecta a la última, esta concepción de carácter
sociocéntrica, se fue paulatinamente diluyendo (aunque no de forma
total) en favor de una consideración del delito como fenómeno
social normal.
En contra de todas aquellas posiciones que toman al delincuente como
un desviado que de alguna manera manifiesta cierto tipo de patología,
se hace imprescindible partir de una cita de Emile Durkheim (esto no
implica que se esté completamente de acuerdo con los supuestos
-algunos explícitos y otros implícitos- presentes en la misma,
aunque sí con la idea de generalidad y relatividad respecto del fenómeno
del delito en cuanto situación social):

Emile Durkheim
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"El
delito no se observa solamente en la mayoría de las
sociedades de tal o cual especie, sino en las sociedades de
todos los tipos. No hay una en la que no haya criminalidad.
Ésta cambia de forma, los actos así calificados no son en
todas partes los mismos; pero en todos los sitios y siempre
ha habido hombres que se conducían de forma que atraían
sobre ellos la represión penal. Si al menos, a medida que
las sociedades pasan de los tipos inferiores a los más
elevados, el índice de criminalidad, es decir, la relación
entre la cifra anual de los delitos y la de la población,
tendiese a bajar, se podría creer que, aún siendo todavía
un fenómeno normal, el delito tendía, sin embargo, a
perder su carácter. Pero no tenemos ningún motivo que nos
permita creer en la realidad de esta regresión. Antes bien,
muchos hechos parecen demostrar la existencia de un
movimiento en sentido inverso. [...] Por tanto, no hay fenómeno
que presente de manera más irrecusable todos los síntomas
de normalidad, puesto que aparece estrechamente ligado a las
condiciones de toda vida colectiva. Hacer del delito una
enfermedad social sería admitir que la enfermedad no es una
cosa accidental, sino, por el contrario, una cosa derivada
en ciertos casos de la constitución fundamental del ser
vivo..."
(DURKHEIM, E. pag. 92). |
Profundizando un poco más en los criterios de la
cita precedente, podemos decir que cuando una serie de personas se
reúnen formando un grupo, siempre existen entre ellas un conjunto
de acuerdos explícitos o implícitos en lo referente a la forma de
desenvolvimiento del mismo. Estos acuerdos están vinculados a lo
que es deseable hacer y esperar de los demás y a lo que no lo es.
En este tipo de situación no es importante la extensión de dicho
grupo -el cual puede estar constituido por dos o más personas- sino
el cumplimiento de los deberes asumidos (aunque sea de manera implícita)
para con los demás miembros del mismo en base al código
estipulado.
El incumplimiento de este código es considerado una transgresión.
La transgresión es un fenómeno generalizado en cualquier sociedad.
Para que exista transgresión, debe existir también un consenso
dentro del grupo que estipule cuáles conductas son deseables y cuáles
no lo son.
Es así que, en cada escenario social se forma una concepción
generalizada respecto de lo que significa la acción de transgredir
ciertas normas, ciertas pautas. La acción de delinquir está
vinculada básicamente al acto de transgresión.
En el marco de la idea del delito como producto social, podemos
citar a Montagu, quien explicita que: "Los crímenes y los
criminales son producto de la sociedad, y a la vez, instrumentos y víctimas
de la misma sociedad. La sociedad criminal y delincuente culpa de
sus crímenes y delitos a los criminales y a los delincuentes y
luego los castiga por los daños que, en la mayoría de los casos,
la misma sociedad los indujo a cometer. Un crimen es lo que la
sociedad escoge definir como tal. Algo que puede ser considerado
como un crimen en una sociedad puede no serlo en otra. Pero sea lo
que sea lo que una sociedad pueda o no considerar como un crimen,
todas las sociedades definen al crimen como un acto cometido en
violación de una ley prohibitiva o un acto omitido en violación de
una ley prescriptiva. De aquí que la sociedad sea la que define al
criminal y no el criminal quien se define a sí mismo. Y sugiero aquí
que casi invariablemente la sociedad es la que hace al criminal
porque los criminales, en realidad, se vuelven tales, no nacen así"
(pag. 71. 1970).
Todo esto significa una ruptura con el paradigma bio-psico-social y
una reformulación de la idea de delito desde una óptica
relativista. Además, remarca la concepción que, si bien el delito
puede ser una conducta no deseable en el seno de alguna sociedad, es
un hecho perfectamente normal en la vida de cualquier grupo.
Según este mismo autor, es dable considerar al delito
consuetudinario como una forma de buscar seguridad por parte del
delincuente. Aclara Montagu que la idea de búsqueda de seguridad no
debe entenderse en términos simplistas, sino que debe contemplarse
como una "hipótesis de trabajo que puede ser de utilidad práctica
para el entendimiento de algunas de las condiciones y motivaciones
que guían al crimen" (pag. 74).
En otras palabras, podríamos decir que en algunos casos, el delito
debe ser entendido como una estrategia de supervivencia; la cual se
desenvuelve porque la sociedad no provee las condiciones necesarias
para la seguridad de los individuos.
Es importante recalcar que, en nuestra sociedad occidental se han
desarrollado una serie de dispositivos -con base en el derecho- que
procuran un tratamiento de la persona considerada delincuente que
lleva a su "resocialización". En este término existen
implícitos aquellos presupuestos vinculados a la posición
positivista sobre la desviación patológica de la conducta y la
necesidad de su normalización.
En nuestra sociedad, el hecho de haber sido delincuente o haber
estado preso, es condición suficiente para ser marginado y
estigmatizado, sin posibilidad de redención, a pesar de que haya
todo un discurso que estipula lo contrario.
Si, por el contrario, tomamos en consideración la forma que en
otras culturas tratan el tema del delito y el delincuente, es
posible que aprendamos algo sobre ciertas alternativas respecto del
tratamiento y la redención del sujeto criminal que pueden servir de
base para la reconsideración de nuestras prácticas punitivas.
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Según Malinowski, quien trabajó en uno de sus libros el tema del
delito entre los indígenas de las Islas Trobriand, existen entre éstos,
una serie de mecanismos que permiten, además de restablecer el
orden social, la redención plena -y no de palabra como ocurre en
nuestra cultura- del sujeto que se sospecha ha transgredido la ley
de la comunidad. Uno de estos mecanismos es la hechicería, el otro
el suicidio. Respecto del último, si bien es un dispositivo extremo
de redención, es muy eficaz en el sentido que permite conservar el
buen nombre de la familia del sujeto que se cree ha delinquido. La
muerte voluntaria del individuo, producida en una acto ritual público,
es considerada como una demostración de inocencia del sujeto.
En cuanto a la hechicería, sabemos de la importancia que ésta
tiene para las comunidades tribales. Si una persona comete una
transgresión a la ley y se demuestra que ha actuado bajo la
influencia de un embrujo mágico, este sólo hecho es suficiente
para garantizar su inocencia y la no estigmatización del individuo
por parte de la comunidad.
Con este sucinto ejemplo, queremos dejar en claro que, en otras
comunidades no complejas, el fenómeno del delito posee una mayor
contención comunitaria, y no ocurre como en nuestra cultura que, a
pesar que se juzga y se penaliza al delincuente, una vez cumplida su
pena, éste sigue siendo considerado un criminal, tratándoselo de
acuerdo a su rótulo permanente de "delincuente".
Conclusión
Según lo dicho por Antonio Beristarain, la criminología contemporánea
a dejado atrás su originaria concepción unidisciplinar para
constituirse en una ciencia -aunque este carácter es aún muy
discutido- de índole multidisciplinaria, basada principalmente en
las ciencias sociales. Su punto de partida no es el derecho sino la
sociedad, adoptando de esta manera una inclinación sociológica. Si
bien esta última representa una ventaja respecto de la etapa clásica
anterior, todavía no es plenamente satisfactoria en tanto y en
cuanto hay aún presentes en ella concepciones que privilegian la
posición del Estado y del derecho como rector de las relaciones
interpersonales y comunitarias.
Beristarain apunta a la formación de una criminología que
supere ampliamente estas ideas sociocéntricas (basadas en el estado
de derecho sin tomar en cuenta la diversidad cultural), que fomente
y admita estudios comparativos de las diferentes tradiciones legales
y culturales. Es en este sentido que debemos hablar de una
criminología pluralista que integre en su seno las diferentes
criminologías particulares "en beneficio de la variedad".
Considero que la Antropología, que sustenta en su seno una
metodología comparativa, puede aportar un núcleo de fundamentos teóricos
que permitan el enriquecimiento de la disciplina de la criminología,
además de la contribución al fortalecimiento del paradigma
socio-psico-bio de base relativista.
Bibligrafía
- Beristarain Ipiña, Antonio. "La
criminología comparada y su aportación a la política
criminal: una reflexión tercermundista".
Ponencia presentada en el Coloquio Internacional sobre el tema
"La Comparación como Método Científico en el Derecho
Penal y el la Criminología", realizado en Friburgo de
Brisgovia (Rep. Federal de Alemania) del 23 al 26 de octubre de
1978.
- Durkheim, Emile. "Las
reglas del método sociológico".
Ediciones Morata. Bs. As. 1982.
- Foucault, Michel. "Genealogía
del racismo". Edit.
Altamira. La Plata. 1996.
- Malinowski, Bronislaw. "Crimen
y costumbre en la sociedad salvaje".
Edit. Planeta-Agostini. Barcelona. !985.
- Mercier, Paul. "Historia
de la Antropología".
Edic. Península. Barcelona. 1969.
- Montagu, Ashley. "El
hombre observado". Edit.
Monte Avila. Caracas. 1970.
- Taylor, I.; Walton, P.; Young, J.
"La nueva criminología".
Amorrortu. Bs. As. 1990 (Primera Reimpresión).
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